⚠ AVISO El Real Decreto de Regularización Extraordinaria  aún no está en vigor. No presentes solicitudes hasta su publicación en el BOE.
Regularización Extraordinaria 2026

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La Regularización Extraordinaria 2026 — Todo lo que necesitas saber

El Gobierno de España aprobó el 27 de enero de 2026 la tramitación urgente de un Real Decreto para regularizar la situación de cientos de miles de personas extranjeras que ya viven y trabajan en España. Esta es la regularización más amplia desde 2005.

✅ Requisitos principales (borrador feb. 2026)

📅Entrada en España antes del 31/12/2025
⏱️5 meses de permanencia ininterrumpida
🚫Sin antecedentes penales ni policiales
📄Sin permiso de residencia vigente
🛂Sin prohibición de entrada en España
🗓️Plazo de solicitud: hasta el 30 junio 2026

¿Qué autorización obtengo?

Una autorización de residencia y trabajo con vigencia inicial de 1 año. Después pasas a las figuras ordinarias del Reglamento de Extranjería.

¿A quién va dirigida?

A personas en situación irregular ya en España. También a solicitantes de asilo que presentaron antes del 31/12/2025, incluso si fue denegada.

¿Cómo se acredita la estancia?

Con cualquier documento: padrón, billete de entrada, extractos bancarios, facturas, contratos de alquiler, citas médicas, recargas de transporte…

¿Cuándo abre el plazo?

Se espera que abra en abril de 2026 y cierre el 30 de junio de 2026. Con tan poco tiempo, preparar la documentación ahora es clave.

Preguntas frecuentes

Las dudas más habituales sobre el proceso de Regularización Extraordinaria 2026, respondidas por los abogados de by RSM Spain.

El Real Decreto está en fase de audiencia pública (feb. 2026). Se espera su publicación en el BOE en abril de 2026. El plazo de solicitudes cerrará el 30 de junio de 2026. Prepara toda la documentación ahora para presentar desde el primer día.
Penales: condena firme por sentencia judicial (Certificado del Ministerio de Justicia).
Policiales: registros por detenciones o denuncias aunque no haya condena. El RD exige carecer de ambos. Consulta con un abogado si tienes cualquier tipo de registro.
Sí. El borrador abre una vía específica (Disposición Transitoria 5ª) para solicitantes que presentaron antes del 31/12/2025, aunque la solicitud esté pendiente o haya sido denegada. No se exige informe de vivienda ni medios económicos. Los hijos menores también pueden regularizarse.
El inicio del procedimiento otorga una autorización de residencia y trabajo provisional. Podrás trabajar legalmente desde que se tramite tu solicitud.
Necesitas el pasaporte en vigor. Si está caducado, renuévalo en el consulado de tu país en España cuanto antes. Suele tardar entre 2 y 8 semanas. El plazo cierra el 30 de junio, no esperes.
El borrador del RD prevé que los expedientes de arraigo en trámite se concedan directamente, sin necesidad de desistir ni iniciar el proceso extraordinario.
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Sí. El equipo atiende en español, inglés, ruso y chino. Esta web está disponible en 4 idiomas. Contacta por WhatsApp (+34 672 62 49 07) o en jlois@rsm.es.

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Aviso legal: Este cuestionario es orientativo. El Real Decreto de Regularización Extraordinaria 2026 está pendiente de publicación en el BOE; los requisitos definitivos pueden variar. Esta información no constituye asesoramiento jurídico. REGULARÍZATE by RSM Spain · Área de Movilidad Internacional.